al dato
Cómo funciona

Qué se aprueba con cada mayoría

El número de escaños que suma un Gobierno con sus socios determina qué puede aprobar y qué necesita negociar con la oposición.

Mayoría absoluta
176
Mitad más uno de 350
Tres quintos
210
Reforma constitucional ordinaria y órganos constitucionales
Dos tercios
234
Reforma constitucional agravada
Qué se aprueba Mayoría necesaria en el Congreso Escaños Norma
Ley ordinaria Simple (más síes que noes) — art. 79 CE
Convalidar un decreto-ley Simple, en el Congreso, en 30 días — art. 86 CE
Ley orgánica (derechos fundamentales, estatutos de autonomía, régimen electoral…) Absoluta del Congreso en una votación final sobre el conjunto 176 art. 81 CE
Investidura en primera votación Absoluta 176 art. 99 CE
Investidura en segunda votación Simple — art. 99 CE
Moción de censura Absoluta 176 art. 113 CE
Levantar el veto del Senado de inmediato Absoluta del Congreso (o simple pasados dos meses) 176 art. 90 CE
Elegir los 4 magistrados del Tribunal Constitucional que propone el Congreso Tres quintos 210 art. 159 CE
Reforma constitucional ordinaria Tres quintos de cada Cámara (o mayoría absoluta del Senado y dos tercios del Congreso) 210 art. 167 CE
Reforma total o del título preliminar, de los derechos fundamentales o de la Corona Dos tercios de cada Cámara, disolución, nueva aprobación por dos tercios y referéndum 234 art. 168 CE

La mayoría simple exige más votos a favor que en contra entre los presentes. art. 79 CE La absoluta se calcula sobre los miembros de la Cámara (350), no sobre los presentes. art. 99 CE

El papel del Senado

El Senado puede vetar o enmendar los proyectos aprobados por el Congreso en un plazo de dos meses (20 días si son urgentes). El Congreso puede levantar el veto por mayoría absoluta o, pasados dos meses, por mayoría simple, y aceptar o rechazar las enmiendas por mayoría simple. art. 90 CE Los senadores se eligen de varias formas. En cada provincia peninsular se eligen cuatro, con voto limitado: cada elector marca hasta tres. Las islas tienen reglas propias. Ceuta y Melilla eligen dos cada una. Además, los parlamentos autonómicos designan otros senadores en proporción a la población de su comunidad. art. 69 CE art. 166 LOREG


Normas citadas (texto consolidado oficial del BOE): Constitución Española (BOE-A-1978-31229).